MILLONARIA MULTA EN TIEMPOS DE PANDEMIA

  • ANFP fue condenada por el TDLC a pagar 2 millones 300 mil dólares por aplicar una exigencia pecuniaria a clubes campeones de la Segunda División Profesional.

Deportes Valdivia en 2016 y AC Barnechea en 2017, “la sufrieron” tras conquistar deportivamente su derecho a reinsertarse en el fútbol profesional de la denominada “Primera B”.

El pago de la cuota de reincorporación es inalcanzable para las modestas instituciones que se tienen que autofinanciar en su paso por la Segunda División Profesional, muchas de las cuales deciden bajarse al no contar con recursos para participar y medianamente competir.

Esa «cuota» alcanza las 23 mil unidades de fomento.

Los clubes se empezaron a resistir a dicho pago, por cuanto es injusto “pagar por jugar”, cuando debiera ser lo contrario.

Recibir un pago como premio por el ascenso que es un logro deportivo reconocido en cualquier país.

Estos casos llegaron al Tribunal de la Libre Competencia (TDLC), el cual visto los antecedentes, condenó a la Asociación Nacional de Fútbol Profesional a pagar una multa de 2 millones 300 mil dólares por tal exigencia.

En el considerando se expresa “tuvo el efecto de limitar la capacidad competitiva y deportiva de los clubes que la pagaron y que este cobro ha constituido una barrera que obstaculiza el ingreso al mercado y entorpece el desempeño competitivo del entrante”.

En efecto, porque al estar de retorno en la Primera B los clubes campeones de la Segunda División Profesionales, los cuales no reciben ningún tipo de ayuda desde la ANFP, quedan condicionados a reforzarse adecuadamente para competir en igualdad de condiciones con el resto de las instituciones.

Según el Fiscal Nacional, Ricardo Riesco “la sentencia elimina una conducta que ha afectado la competencia en el fútbol y ratifica que el trabajo de la FNE se aplica a todos los mercados. La ANFP no basó sus decisiones en argumentos económicos, menos aún de libre competencia, sino que basadas en el deseo de proteger los intereses de los clubes que participan en la Primera B”, indicó el personero a Diario El Mercurio.

Tras conocido el fallo emanado del Tribunal de la Libre Competencia (TDLC), la recurrente tiene diez días para elevar recurso de apelación ante la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.

Gráfica: cedida.